Dentro de las medidas de Apoyo al Emprendedor que se incluyen en el artículo 9 de la Ley 11/2013 destaca el Contrato a Tiempo Parcial con vinculación Formativa, un tipo de contrato que nació con el objetivo de favorecer la contratación juvenil y que lleva asociados interesantes incentivos para la empresa con reducciones de hasta el 100% en la cuota de la Seguridad Social durante  los 12 primeros meses. Esta medida estará vigente mientras la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. Respondemos a 10 preguntas para que conozcas todos los requisitos de este tipo de contratación.

1.- ¿A quién va dirigida?

A menores desempleados menores de 30 años sin formación o que proceden de otro sector de actividad

2.- ¿Qué tipo de contratación es?

Es un contrato de formación por lo que un requisito obligatorio es que el trabajador ha de compatibilizar el empleo con la formación o bien acreditar que efectivamente sí ha realizado estos estudios durante los seis meses previos al inicio del contrato.

3.- ¿Qué requisitos ha de cumplir el trabajador?

Además de ser menor de 30 años, no ha de tener experiencia laboral o ésta deberá ser inferior a tres meses, o bien proceder de otro sector de actividad.

Ser desempleado y estar inscrito en la oficina de Empleo durante cómo mínimo doce meses de los dieciocho anteriores a la contratación

No disponer de un título oficial de enseñanza obligatoria, título de formación profesional o certificado de profesionalidad

4.- ¿Qué tipo de formación ha de seguir el trabajador?

Formación acreditable oficial promovida por los servicios públicos de empleo

Formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación con una duración mínima de 90 horas en cómputo anual.

5.- ¿De cuánto ha de ser la duración del contrato y la jornada?

La duración de la contrato será por tiempo indefinido o por duración determinada, según recoge el Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso, la jornada pactada no podrá ser superior del 50% de la correspondiente a un trabajo completo a tiempo completo comparable, esto quiere decir que si en la empresa la jornada completa es de 35 horas, en este caso será de un máximo de 17,5, si es de 40 semanales, de 20 horas.

6.- ¿Qué tipo de incentivos contempla esta contratación y durante cuánto tiempo?

La normativa recoge reducciones de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes durante 12 meses, aunque éste puede ser prorrogado durante 12 meses más siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con su formación.

7.- ¿De cuánto es la reducción de la cuota de la Seguridad Social?

Ésta variará en función de la plantilla de la empresa.

  • Menos de 250 trabajadores à 100% de la cuota de la SS
  •  Más de 250 trabajadores o más  à 75% de la cuota de la SS

8.- Soy autónomo ¿puedo contratar a un trabajado con este modelo?

Sí, la medida está dirigida tanto a trabajadores autónomos como a empresas. En ninguno de los casos la empresa deberá de haber efectuado despidos en los seis meses anteriores. Por otra parte, se compromete a mantener el número de trabajadores por un periodo equivalente a un máximo de 12 meses.

9.- Si antes de los 12 meses hay una reducción de mi plantilla ¿cómo afecta al incentivo?

Si durante  esos 12 meses se incumpliera esta obligación se deberían devolver los incentivos. No obstante, existen excepciones. No se considerará incumplida esta obligación cuando el contrato de extinga por causas objetivas, por despido disciplinario o por no superar el tiempo de periodo de prueba, tampoco por dimisión o por la expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio objeto del contrato.

10.- Si pasados los 12 meses no renuevo los incentivos ¿lo debo comunicar?

La respuesta es sí. En el caso de aquellos trabajadores sí han accedido al incentivo pero que pasados los 12 primeros meses no se prorrogará la reducción, se debe comunicar una variación en el campo INDICATIVO PÉRDIDA BENEFICIOS anotando en el mismo el valor 99 con efectos del primer día del decimotercer mes posterior al alta del trabajador.

 

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