Cuando constituimos una empresa o nos damos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, debemos cumplir una serie de trámites que, en ocasiones, implican tiempo y conocimiento. Para ello, existen profesionales que conocen la materia y nos indican los pasos a seguir. Confeccionar un recibo salarial, formalizar un contrato de trabajo, dar de alta o de baja a un trabajador, realizar trámites con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o notificar la existencia de un accidente de trabajo son algunos ejemplos. El cumplimiento de los plazos de pago de los diferentes impuestos es fundamental para evitar sanciones y recargos innecesarios.

Novedades legislativas

Recientemente, se han producido cambios en las bases de cotización de los Trabajadores Autónomos. Hasta el 31 de julio de 2018, la base máxima de cotización era de 3.751,20 euros, mientras que ahora la base máxima será de 3.803,70 euros. Por el contrario, la base mínima de cotización es actualmente de 932,70 euros (anteriormente era de 919,80 euros). La variación sufrida en ambos casos es de un 1,4%.

El recargo por retraso en el pago de la cuota será del 10% a partir de ahora (antes era del 20%). En los supuestos de jubilación, el autónomo podrá seguir percibiendo su prestación (y seguir trabajando) si mantiene trabajadores a su cargo. Los autónomos que trabajen desde su domicilio podrán desgravarse hasta el 30% de los gastos de suministros aplicables a su actividad profesional.

Un asesoramiento específico para empresas y autónomos

Nuestra empresa ofrece un servicio gestor de máximo nivel, tanto en materia fiscal como laboral. Tenemos en cuenta las recientes novedades legislativas para que no se vea sorprendido ante ninguna circunstancia y pueda aprovecharse de las nuevas deducciones que pueden ser directamente aplicables a su situación. Compromiso, seriedad y buen precio son nuestra carta de presentación.